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esguaces Peinador S.L. Compra y recoge tu vehiculo usado y tramita la baja del mismo (s i lo necesita le damos el certificado para las ayudas oficiales).
Desde febrero del 2004, la ley obliga a depositar el vehículo fuera de uso en Centros Autorizados de Tratamiento, también denominados desguaces ecológicos.
Las nuevas modificaciones normativas tienen como objeto reciclar la mayor parte posible de los componentes del automóvil y reducir la contaminación generada por los desguaces tradicionales. La nueva ley otorga a los Centros Autorizados de Tratamiento C.A.T. la potestad de emitir el certificado de descontaminación del vehículo, y para ello son necesarios los siguientes documentos:
Solicitud de Baja Vehiculo con los datos y firma del titular del vehículo (este document o se realiza en el propio CAT)
Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residencia en caso de ser extranjero o poderes en caso de persona jurídica (que no se encuentre caducado)
Permiso de circulación y Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo
(Desde Diciembre de 2006 ya no es necesario el pago del ultimo recibo Impuesto de rodaje para la baja del vehiculo)
En caso de extravio de documentación ( Declaración Jurada de extravio)
Empresas:
A parte de lo anteriormente citado : Fotocopia del N.I.F. de la empresa, documento representación personas juridicas., D.N.I. del representante legal.
Fallecidos: Libro de Familia , Declaración de herederos, D.N.I. y firma de los herederos, Documento renuncia herederos
Si desea que nosostros gestionemos la baja definitiva de su vehículo, contacte con nosotros para acordar el modo de retirada del mismo si no dispone de medios para trasladarlo a nuestro centro. Una vez el vehículo en nuestras instalaciones, deberá presentar la documentación de anteriormente citada.(Recogemos gratuitamente su vehículo en toda Galicia). Una vez recogido el vehiculo y revisado toda la docum entación entregada le entregamos la baja del mismo y certificado de destrución.
Legislación de bajas
Enlaces relacionados con la legislación en materia de reciclaje y medio ambiente.
Orden Ministerial 249/2004 de 5 de Febrero de 2004.
por la que se regula la baja definitiva de los vehículos descontaminados al final de su vida útil (BOE núm. 37, de 12 de febrero).
Real Decreto 1383/2002 de 20 de diciembre.
sobre gestión de vehículos al final de su vida útil (BOE núm. 3, de 3 de enero de 2003).
Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
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